Si gestionas una asociación, fundación, ONG, entidad religiosa o cualquier entidad que recibe donativos, el modelo 182 es de esos modelos que conviene tomarse muy en serio. No porque “te vaya a salir a pagar” (no es el caso), sino porque impacta directamente en tus donantes: si lo presentas mal o fuera de plazo, puedes provocar que no puedan aplicar correctamente sus deducciones por donativos… y eso genera reclamaciones, pérdida de confianza y, en el peor de los casos, sanciones.
Te explico el modelo 182 de forma práctica: qué entra, qué no entra, plazo, ejemplos reales y cómo tenerlo controlado. ¡Empezamos!
Qué es el modelo 182 y para qué sirve
El modelo 182 es una declaración informativa anual que presentan las entidades que han recibido donativos, donaciones o aportaciones que dan derecho a deducción (cuando cumplen los requisitos legales).
Su objetivo es comunicar a la Agencia Tributaria quién ha donado, cuánto ha donado y cuándo, para que Hacienda pueda cruzarlo con la Renta o el Impuesto sobre Sociedades del donante.
Dicho claro: el 182 es “la prueba oficial” que ayuda a que el donante pueda desgravarse sin problemas (siempre que la donación cumpla condiciones).

Plazo de presentación en 2026
Para el ejercicio del año anterior, el plazo indicado por la AEAT es del 1 de enero al 2 de febrero de este año.
(Esto pasa si el 31 de enero cae en fin de semana y el plazo se mueve; por eso siempre recomiendo mirar el calendario oficial cada año).
Qué donativos se incluyen (y cuáles NO)
Aquí está el punto donde más se mete la pata.
Se incluyen donativos “de verdad”
La propia AEAT recuerda que en el 182 deben incluirse exclusivamente los donativos que cumplan los requisitos para considerarse como tales: voluntarios y sin contraprestación por un bien o servicio recibido.
¿Y si doy algo al donante?
Se pueden incluir donativos aunque el donante reciba bienes/servicios simbólicos, siempre que su valor no supere el 15% del donativo y, en cualquier caso, no pase de 25.000 €.
NO son donativos (y aquí viene lo incómodo)
No deben tratarse como donativo (y, por tanto, no deberían ir al 182 como tal) cosas como:
- Una “donación” que en realidad es pago por una entrada, una cena benéfica con valor de mercado claro, una inscripción a un curso, etc.
- Cuotas o aportaciones donde hay una contraprestación significativa (servicios, acceso, ventajas económicas…).
- Crowdfunding con recompensa real (producto/servicio) que no sea simbólica.
En estos casos, lo correcto suele ser tratarlo como ingreso por actividad/servicio (y facturación si corresponde), no como donativo puro.
Quién está obligado a presentar el modelo 182
Lo presenta la entidad receptora del donativo (no el donante). Es decir, si tú eres la entidad que recibe aportaciones con derecho a deducción, tú presentas el 182.
En la práctica, lo presentan entidades que encajan en el ámbito del mecenazgo (por ejemplo, entidades acogidas al régimen fiscal aplicable, y otras con condiciones específicas). La AEAT mantiene la ficha y normativa asociada al modelo 182.

Qué datos necesitas tener bien atados
Para que el 182 salga limpio (y para evitar el típico “oye, a mí no me aparece la deducción”), necesitas orden en:
- Identificación del donante: NIF/NIE/CIF y nombre/razón social.
- Importe donado y fecha (y si ha sido en varios pagos, desglose).
- Si ha habido bien/servicio simbólico (y control del límite).
- Información adicional si aplica (por ejemplo, programas prioritarios, patrimonios protegidos, etc., que aparecen en los diseños de registro).
Y sí: si tienes cientos de donantes pequeños (muy típico), esto sin sistema se vuelve una locura.
Ejemplos prácticos (casos reales del día a día)
Ejemplo 1: donación simple de particular
María dona 150 € por transferencia a una asociación, sin recibir nada a cambio.
- Va al 182 con sus datos, fecha e importe.
Ejemplo 2: donación recurrente mensual
Una empresa aporta 200 €/mes durante todo el año.
- Va al 182 como suma anual (y según el detalle requerido por el fichero/registro).
Ejemplo 3: campaña con “regalo simbólico”
Donación de 100 € y la entidad entrega una pulsera que cuesta 2 €.
- Va al 182 (es simbólico y está muy por debajo del 15%).
Ejemplo 4: cena benéfica con menú (contraprestación real)
Pago de 60 € por asistir a una cena con un coste/valor claro.
- Esto no es un donativo puro si lo que se está pagando es la cena (contraprestación). Puede haber una parte donativo si está bien estructurado y justificado, pero no se debe meter “todo” alegremente como donación.
Qué pasa si lo presentas mal (consecuencias reales)
Aquí es donde se nota si lo llevas con control o “a mano”:
- Tus donantes pueden no poder aplicar la deducción (o les salta aviso en Renta/Sociedades).
- Te pedirán certificados, rectificaciones y explicaciones: tiempo perdido y mala imagen.
- Si hay errores sistemáticos (NIF mal, importes mal, duplicados), puedes acabar con requerimientos y posibles sanciones según el caso.
Recomendaciones profesionales para hacerlo bien sin sufrir
- No esperes a enero: ve registrando donativos con sus datos completos durante el año.
- Establece un criterio claro para separar: donativo vs pago por servicio/actividad.
- Si entregas algo al donante, documenta que es simbólico y controla el límite del 15%.
- Ten un sistema para emitir certificados de donación de forma coherente con lo declarado (si los emites, que cuadren con el 182).
Cómo ayuda MGest a gestionar donaciones
Aquí es donde una herramienta de gestión marca la diferencia.
Con el programa de facturación y contabilidad de MGest, la idea es tener orden y trazabilidad: donante → ingreso → concepto → documentación → reporting. Para una entidad con volumen de donantes, esto es clave porque:
- Evitas el caos de Excel + banco + emails.
- Mantienes base de datos de donantes con datos fiscales correctos.
- Puedes sacar listados e históricos para preparar el 182 con menos fricción.
- Te queda la contabilidad y los justificantes alineados, lo que reduce errores cuando llega enero.
En resumen: el modelo 182 no es difícil… lo difícil es tener los datos bien. Y ahí es donde MGest te da control.




